Jueves 28 de Marzo de 2024

18.8°

EL TIEMPO EN PARANA

12 de septiembre de 2019

La Cámara Comercial elevó a la Corte Suprema la causa por la deuda del Correo Argentino SA

Se trata de la causa en la que se investigan supuestas anomalías en el acuerdo de pago de deudas de la empresa al Estado nacional, en el marco de un concurso de acreedores.


La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dispuso elevar a la Corte Suprema la causa en la que se investigan supuestas anomalías en el acuerdo de pago de deudas de la empresa Correo Argentino SA al Estado nacional, en el marco de un concurso de acreedores, según un fallo que se conoció hoy de fuentes judiciales.

En la resolución, que hizo lugar a un recurso de la Procuración del Tesoro y lleva las firmas de las juezas María Gómez Alonso y Matilde Ballerini, se consideró que aunque la jurisprudencia del máximo tribunal "reiteradamente ha expresado que pese a que el remedio extraordinario federal resulta inadmisible cuando se halla en juego la interpretación de normas de carácter procesal, cabe realizar una excepción a dicha regla cuando lo decidido podría comprometer las instituciones básicas de la Nación y su patrimonio".

Es que el organismo que agrupa a los abogados del Estado mencionó en su recurso extraordinario que habría una situación de "gravedad institucional".

La Cámara sostuvo que "habida cuenta de que la decisión atacada es recurrida por el Estado nacional invocando estar en juego principios esenciales de orden social -cuyas consecuencias podrían proyectarse sobre instituciones básicas del sistema republicano de gobierno-, júzgase que, ante la duda y el carácter del recurrente, pudiendo entenderse que están en juego la defensa del interés de la sociedad nacional como un todo, corresponde eventualmente acceder favorablemente a lo pretendido".

El Correo había hecho una propuesta de pago pero la Procuración solicitó a la Justicia un plazo no menor a 120 días para pronunciarse al respecto. La Cámara rechazó esa pretensión y el cuerpo de abogados insistió alegando la "gravedad institucional", por lo cual el tribunal de alzada concedió el recurso.



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!