25 de abril de 2019
La Justicia ordenó que se pague a los jubilados antes del 7 de cada mes y no en cuotas
El juez de primera instancia, Francisco Marincovich, hizo lugar al amparo "declarando la ilegitimidad del pago paulatino y parcializado de los haberes jubilatorios".
Los jubilados y pensionados provinciales de Santa Cruz se notificaron hoy de un nuevo fallo de la justicia a su favor para cobrar sus haberes en tiempo y forma, luego de las presentaciones que hicieron en el año 2017 cuando el juez de familia Antonio Andrade ordenó a la provincia que cumpla con el sector antes del día 7 de cada mes y que el gobierno no pudo responder.
El juez Marincovich ordenó "como fechas límite para el pago de las jubilaciones el día 7 de cada mes, y del sueldo anual complementario, el día 7 de julio y el día 7 de enero respectivamente".
"Coincido con el criterio expuesto por el juez que intervino con anterioridad en estas acciones de amparo" dice el fallo de Marincovich "en cuanto a Ia relevancia de la previsión del artículo 18 de Ia ley de jubilaciones, que obliga al estado provincial a "Depositar en la cuenta que indique la Caja dentro de los primeros SIETE (7) días corridos de cada mes, las sumas educidas durante el mes anterior y los correspondientes aportes patronales remitiendo a la Caja los comprobantes de depósitos dentro de las 24 horas de operados" y "en coherencia sistemática" al artículo 19 de la misma ley que establece que "ninguna autoridad podría disponer de los fondos de la Caja, ingresados o a ingresar para otra aplicación que la que expresamente asigna ester Ley".
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