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28 de noviembre de 2018

Apelarán fallo absolutorio por la muerte de Lucía Pérez

La Justicia libró de culpa y cargo a los acusados por el delito de abuso sexual y femicidio de la joven marplatense. ¿En qué se basaron para llegar al veredicto?

Tras conocerse el fallo absolutorio por los delitos de abuso sexual y femicidio para dos de los tres acusados por la muerte de

Lucía Pérez

en 2016, la Fiscalía General de

Mar del Plata

presentará un recurso de apelación ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense

El fiscal que intervino en el juicio oral por la muerte de la adolescente de 16 años, Daniel Vicente, presentará el recurso en línea con la intención del abogado de la familia Pérez, Gustavo Marceillac.

De este modo, la Fiscalía General recurrirá el falló del Tribunal Oral en lo Criminal 1, que consideró que no pudieron probarse los delitos más graves que se les imputaban a Matías Farías y Juan Pablo Offidani, condenados a la pena de ocho años de prisión por considerarlos coautores del delito de venta de drogas a menores y en inmediaciones de una escuela.

El planteo del fiscal insistirá en que la relación asimétrica entre Lucía y los dos imputados habría dado lugar al abuso sexual y la muerte en un contexto de violencia de género. 

Los fundamentos

El tribunal que llevó adelante el juicio le dio la razón a la abogada defensora de los acusados, quien planteó que las relaciones habían sido consensuadas, y que la muerte de Lucía se debió exclusivamente a la sobredosis. "Asfixia tóxica" dijo la autopsia que también descartó empalamiento.

Para sostener esta primera afirmación, los jueces hicieron hincapié en mensajes de la joven. Del análisis de estos, concluyeron que "de los chats analizados surge claramente que sus vivencias en ese sentido alejan por completo la posibilidad de que hubiera sido sometida sin su voluntad"

En las conversaciones Lucía de jacta de haber tenido sexo con personas mayores, cuando ella quería. También de haber desestimado una oferta de relaciones sexuales a cambio de drogas, algo que desecha la teoría de que los imputados la llevaron para hacer ese "trueque".

"Lucía era una persona que llevaba una vida normal y nadie hizo mención alguna que el tema de su adicción se hubiera transformado en un tema preocupante para nadie de su entorno o que la llevara a la desesperante situación de someterse sexualmente para conseguir estupefacientes", dijo el magistrado Carnevale.

Para los jueces tampoco hay elementos que indiquen que Farías, uno de los imputados, fustigaba a Pérez. Por el contrario, todo indica que sentían atracción mutua. Como ejemplo, ponen que Lucía pensaba decirle que tenía 17 años para parecer más grande.

O que Farías "compró facturas y una Cindor" porque habían quedado en merendar. "Estas actitudes no son las asumidas habitualmente por las personas con intención de cometer un hecho tan aberrante", remarca Carnevale.

En la misma línea, el magistrado destacó la actuación del joven luego de llevarla a la sala de primeros auxilios. "Lo primero que hace Farías no fue ocultar el hecho, ni intentó eludir su responsabilidad, sino que llamó a Offidani y en su vehículo la llevaron a la Sala de Salud del barrio. Pero no solo la llevó a recibir atención médica, sino que además permaneció en el lugar para saber qué le había pasado a Lucía aún cuando pudo haberse ido junto a Offidani y Maciel antes que nadie notara su presencia", explica el Tribunal.

Por otra parte, se aguarda aún una definición por parte de la Procuración General provincial, luego de que el fallo solicitara que

se investigue la actuación de la fiscal natural de la causa, María Isabel Sánchez

, por el posible delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

La mujer, en conferencia, habló de empalamiento algo descartado por los peritos. Su afirmación consternó a la opinión pública.

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